Alquiler social tutelado para familias en desamparo.
Es urgente encontrar soluciones a muchas familias necesitadas, por su escasez de recursos, para disponer de una vivienda en régimen de alquiler cuya cuantía venga proporcionada al nivel de sus ingresos reales. Es decir, cuyo coste esté en relación con sus reales ingresos, tal como se viene asignando las plazas de los Centros/Residencias de Mayores de titularidad pública, que se sufragan con un mismo porcentaje sobre el importe de las pensiones de sus residentes, con lo que se consigue una distribución del coste más equitativo y asumible por todos los niveles de renta.
La inyección de dinero público que requirió el Sistema Financiero durante la crisis de 2008, debe otorgar al Gobierno de la Nación una autoridad moral añadida para llegar a un acuerdo en el que se ponga a disposición de la tutela del Gobierno Central y, por delegación, de los Gobiernos Autonómicos, una parte del stock de viviendas vacías -cuyo valor unitario sea inferior a los 100.000€ establecidos como minimo para la cesión de activos a la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria, mal llamado el "Banco malo", para que sea gestionado públicamente en un régimen de alquiler social durante un tiempo determinado.
Este parque de viviendas tendría que ser gestionado con estrictos criterios de adjudicación, rigurosos compromisos de mantenimiento en buen uso y conservación, y un alto nivel de exigencia-desocupación para los casos de incumplimientos flagrantes, sin que ello tenga que suponer asunción de costes para la Administración Pública más allá de la infraestructura puesta a disposición de esta gestión, siendo la titular del inmueble la receptora, a través del Organismo competente, del total importe de los alquileres que se perciban.
De igual forma, las diferentes Administraciones Públicas deberían tomar similar iniciativa para ofrecer con estos mismos criterios las viviendas disponibles -por falta de adjudicación- de sus empresas públicas de la vivienda.
Con medidas de esta naturaleza estaremos más cerca de hacer realidad un derecho reconocido en el artículo 47 de la Constitución Española, que literalmente dice:
Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.
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